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Artículo 1: Las Oficinas de Turismo autorizadas en el
marco de la ley de 13 de julio de 1992 pueden realizar la reserva y venta de todos los
tipos de prestaciones de ocio y acogida de interés general en su zona de intervención.
Además, facilitan al público la tramitación ofreciéndole una gama de prestaciones. Las
Oficinas de Turismo son organismos locales de turismo puestos a disposición de los
prestatarios que han firmado con ellos un convenio de mandato.
La FNOTSI y las Oficinas de Turismo se
eximen de cualquier responsabilidad en caso de utilización de un contrato por terceros o
con otros fines que no sean turísticos.
Artículo 2: Duración de la prestación:
El cliente firmante del contrato establecido para una fecha determinada, no podrá en
ningún caso invocar un derecho del tipo que fuere con objeto de que continúen las
prestaciones al término de la fecha acordada.
Artículo 3: Responsabilidad: La
Oficina de Turismo de Tours, que ofrece prestaciones a un cliente, es su único
interlocutor y responde ante él de la ejecución de las obligaciones resultantes de las
presentes condiciones de venta. La Oficina de Turismo de Tours no puede ser considerada
responsable de casos fortuitos, casos de fuerza mayor o debidos a cualquier persona ajena
a la organización y al desarrollo de la prestación.
Artículo 4: Reserva: La reserva de
una prestación se considera firme cuando se haya abonado un anticipo del 25% del precio
total y se haya reexpedido un ejemplar del contrato de reserva firmado por el cliente a la
Oficina de Turismo de Tours antes de la fecha límite que figura en el contrato de
reserva. Cualquier opción telefónica o por escrito sólo será considerada por la
Oficina de Turismo de Tours como una manifestación de interés respecto a una de sus
actividades. Así pues, no puede dar lugar a ninguna reserva por su parte.
Artículo 5: Pago del saldo: El
cliente se compromete a abonar a la Oficina de Turismo de Tours, presentando una factura,
el saldo de la prestación acordada y que queda pendiente de pago; y todo ello un mes
antes del comienzo de la primera prestación reservada. Se considerará que el cliente que
no ha abonado el saldo en la fecha fijada ha anulado su estancia. A partir de ese momento,
la prestación se pondrá de nuevo a la venta y no se efectuará ningún pago.
Artículo 6: Inscripciones tardías: En caso de que
la inscripción se efectúe menos de 30 días antes del comienzo de la prestación, se
exigirá la totalidad del pago en el momento de la reserva. |
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Artículo 7: Bonos de cambio: Una vez que reciba el pago
íntegro de las prestaciones adquiridas, la Oficina de Turismo de Tours enviará al
cliente uno o varios bonos de cambio que deberá entregar a su llegada a cada prestatario.
Artículo 8: Llegada: El cliente
debe presentarse el día y a la hora mencionados en el o los bonos de cambio. En caso de
que le resulte imposible, se compromete a advertir a la Oficina de Turismo de Tours. En
caso de llegada tardía o de impedimento de último minuto, el cliente debe prevenir al
prestatario, cuya dirección y teléfono figuran en el bono de cambio.
Artículo 9: Anulación por parte del
cliente: Toda anulación debe ser notificada por carta certificada a la Oficina de
Turismo de Tours, en cuyo caso la suma que conservará ésta última, nunca inferior a
31 , será la siguiente:
anulación más de 30 días antes del comienzo de la
prestación: se retendrá un 10% de su importe;
anulación entre el 30º y 21º días, incluidos: se
retendrá un 25%;
anulación entre el 20º y el 8º día, incluidos: se
retendrá un 50%;
anulación entre el 7º y el 2º día, incluidos: se
retendrá un 75%;
anulación menos de 2 días antes de la salida: se
retendrá el 100%.
En caso de ausencia de uno o varios
participantes en el momento de la llegada del cliente, no se hará ningún reembolso,
salvo decisión contraria del prestatario.
En caso de que disminuya el número de
participantes antes del pago del saldo, se preverá una reevaluación del coste del viaje
(caso de un número de personas inferior al indicado en el contrato de reserva).
Artículo 10: Seguro de Anulación:
La Oficina de Turismo de Tours puede ofrecer al cliente la posibilidad de suscribir un
contrato de seguro que cubra las consecuencias de una anulación resultante de ciertas
causas.
Artículo 11: Modificación de un
elemento sustancial del contrato por la Oficina de Turismo de Tours: Si antes de la
fecha prevista para el comienzo de la prestación, la Oficina de Turismo de Tours se ve
obligada a modificar alguno de los elementos esenciales del contrato, el comprador, sin
prejuzgar los posibles recursos de reparación por los daños eventualmente sufridos, y
después de haber sido informado por el vendedor por carta certificada con acuse de
recibo, podrá:
o aceptar la modificación o la sustitución de los lugares
de prestaciones propuesta por el vendedor, en cuyo caso las partes firmarán una cláusula
adicional al contrato precisando las modificaciones realizadas. |
Cualquier
reducción de precios se deducirá de las sumas eventualmente debidas por el comprador, y
si el pago que ya haya efectuado, es superior al precio de la prestación modificada, se
restituirá al cliente la parte correspondiente, antes del comienzo de la prestación.
Artículo
12: Imposibilidad por parte del vendedor de proporcionar durante la prestación los
servicios previstos en el contrato: Si, durante la prestación, el vendedor se viera
en la imposibilidad de proporcionar una parte importante de los servicios previstos en el
contrato, que represente un considerable porcentaje del precio abonado por el comprador,
la Oficina de Turismo de Tours, sin prejuzgar los posibles recursos de reparación por los
daños eventualmente sufridos, propondrá una prestación en sustitución de la prevista,
asumiendo eventualmente cualquier suplemento de precio. Si la prestación aceptada por el
comprador es de calidad inferior, la Oficina de Turismo de Tours le reembolsará la
diferencia de precio antes de que termine dicha prestación. Si el vendedor no puede
proponerle una prestación de sustitución o si el comprador la rechaza por razones
válidas, el primero abonará al segundo una indemnización calculada sobre las mismas
bases que en caso de anulación por parte del vendedor.
Artículo 13: Anulación por parte del
vendedor: Si, antes del comienzo de la prestación, la Oficina de Turismo de Tours
decidiera anularla, deberá informar al comprador por carta certificada con acuse de
recibo. El comprador, sin prejuzgar los posibles recursos de reparación por los daños
eventualmente sufridos, será reembolsado inmediatamente y sin penalización de las sumas
abonadas. Además, recibirá una indemnización como mínimo equivalente a la
penalización que hubiera debido asumido si él mismo la hubiera causado, en dicha fecha.
Estas disposiciones no se aplicarán cuando se haya llegado a un acuerdo amistoso que
tenga como objeto la aceptación por el comprador de una prestación de sustitución
propuesta por el vendedor.
Artículo 14: Interrupción de la
prestación: En caso de interrupción de la prestación por el cliente, no se
realizará ningún reembolso, salvo si el motivo de la interrupción está cubierto por el
seguro de anulación del que se beneficia el cliente.
Artículo 15: Capacidad: El contrato establecido por
la Oficina de Turismo de Tours menciona un número concreto de personas. Si el número
definitivo sobrepasa la capacidad de acogida prevista por el alojamiento propuesto, el
prestatario puede rechazar a los clientes suplementarios, cancelar el contrato de reserva
(en cuyo caso la Oficina de Turismo de Tours se quedará con el importe de la prestación)
o proponer otro alojamiento para esas personas. |
Artículo 16: Cesión del contrato por el cliente: El comprador puede ceder su
contrato a un cesionario que cumpla las mismas condiciones que él para efectuar la
prestación, en cuyo caso el comprador debe informar a la Oficina de Turismo de Tours de
su decisión, por carta certificada con acuse de recibo, como máximo 7 días antes del
comienzo de dicha prestación. La cesión del contrato debe realizarse por el precio de
coste. El cedente y el cesionario son responsables solidariamente respecto al vendedor del
pago del saldo del importe, así como de los eventuales gastos suplementarios ocasionados
por dicha cesión.
Artículo 17: Hoteles: Los precios
incluyen el alquiler de la habitación y el desayuno o la media pensión, o la pensión
completa. Salvo indicación contraria, no incluyen la bebida. Cuando un cliente ocupe solo
una habitación prevista para alojar a dos personas, se le facturará un suplemento
denominado "Suplemento habitación individual o single". La habitación debe
quedar libre antes del mediodía.
Artículo 18: Otras prestaciones: La
Oficina de Turismo de Tours enviará las condiciones especiales relativas a otras
prestaciones, con la propuesta y la descripción de las mismas.
Artículo 19: Litigios: Todo litigio relativo a la
aplicación exclusiva de las presentes condiciones de venta sólo será de la competencia
del tribunal de la capital del departamento de la Oficina de Turismo de Tours, la cual ha
suscrito un seguro de responsabilidad civil profesional n° 65093794 con Assurances
Générales de France 87, rue de Richelieu 75002 PARÍS. Toda reclamación
relativa a una prestación debe ser enviada, lo antes posible y por correo, a la Oficina
de Turismo de Tours, única competente para tomar una decisión sobre los litigios. En
caso de que persistiera el desacuerdo, los litigios pueden someterse al servicio calidad
de la Federación Nacional de Oficinas de Turismo y Sindicatos de Iniciativa, que se
esforzará por llegar a un acuerdo amistoso. Todo litigio referente a la aplicación de
las presentes condiciones de venta será competencia exclusiva del tribunal de la capital
del departamento de la Oficina de Turismo de Tours. |
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